Page 25 - INSIGNIA 2019
P. 25

REVISTA DE LA ASOCIACIÓN DE GENERALES DE LA POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR


            condiciones:
        2.1 El peligro ha de ser inminente y actual. - Deben                 “Sección Segunda
            quedar  excluidas,  por  tanto,  las  situaciones  de          ANTIJURIDICIDAD
            huida del agresor sin oponer resistencia, o lo que
            es lo mismo, la fuga no agresiva.                Art.  29.-  Antijuridicidad.  -  Para  que  la  conducta

        2.2 El peligro debe ser real y objetivo. - No debe   penalmente relevante sea antijurídica deberá
                                                             amenazar o lesionar, sin justa causa, un bien jurídico
            bastar  que  el  policía  crea  que  existió  sin  signo   protegido por este Código.
            alguno que racionalmente le lleve a creerlo.
        2.3  El riesgo ha de ser racionalmente grave. - Sin   Art. 30.- Causas de exclusión de la antijuridicidad.-
                                                             No existe infracción penal cuando la conducta típica
            que ello suponga que necesariamente que entre    se  encuentra  justificada  por  estado  de  necesidad  o
            el ataque y la defensa haya identidad de armas   legítima defensa.
            o instrumentos, sino que la “la racionalidad del
            medio” es un concepto más amplio que incluye     Tampoco existe infracción penal cuando se actúa en
            circunstancias del momento, procedimientos       cumplimiento  de  una  orden  legítima  y  expresa  de
            y  recursos  que  el  agresor  posee  para ejecutar   autoridad competente o de un deber legal.”
            su acción, lo que implica decir que, no          Debería decir:
            necesariamente debe existir igualdad en el medio
            empleado.                                        Art. 30.- Causas de exclusión de la antijuridicidad.
                                                             - No existe infracción penal cuando la conducta típica
        2.4 Situación que debe suponer grave riesgo para     se encuentra justificada por las siguientes causas:
            la seguridad ciudadana. - Al existir una ausencia
            total de una legislación adecuada que norme la   1. Estado de necesidad;
            actuación policial y, por ende, que se encuadre  2. Legítima defensa;
            dentro  de  un  justificativo  de  la  antijuridicidad,   3. Cuando se actúa en cumplimiento de una orden
            lo que entraña decir, que se enmarque dentro de     legítima y expresa de autoridad competente:
            aquellos supuestos que la legitimen y destruyan
            la antijuridicidad, debe considerarse la certeza de  4. De un deber legal; y,
            la peligrosidad del delincuente, al ser sorprendido   5.  Tampoco  existe  infracción  penal  y  debe  ser
            cometiendo un delito grave contra los derechos      considerada como legítima, cuando el policía,
            o bienes ajenos, incluso, en otras situación que    se hallare o no  de servicio, actúe en  defensa  de
            atenten en contra del bien común.                   la Ley y de la seguridad ciudadana, tomando en
           Debería contemplarse, entre estos supuestos, las     cuenta los protocolos legalmente aprobados por
            situaciones  de ataque violento  a  la  libertad    los estamentos de la Policía Nacional.
            (secuestros), a la intimidad (violaciones bajo   Art. Innumerado.- Para el caso, de la juridicidad
            intimidación con armas), y a la propiedad        en la actuación policial, deberá considerarse estos
            (atraco con rehenes) y en aquellos casos en que   parámetros:
            el  ataque  violento  vaya  acompañado  de  algún
            acto inductivo de probable o presunta agresión   1. El peligro ha de ser inminente y actual;
            personal que ponga en riesgo la integridad física  2. El peligro debe ser real y objetivo;
            de quien se defiende.
                                                             3. El riesgo ha de ser racionalmente grave; y,
                                                             4. La situación que debe suponer grave riesgo para
        V.  ANTEPROYECTO DE REFORMA AL                         la seguridad ciudadana.
        CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL
        “COIP” PARA CUMPLIR EL OBETIVO                       Concluimos  afirmando  sobre  la  urgente  necesidad
                                                             de crear un marco legal adecuado, que garantice la
        PROPUESTO
                                                             actuación policial y defina su procedimiento.
        La sección 2da. del Capítulo I, del libro I, del
        Código Orgánico Integral Penal  COIP, se refiere a   Aspiro haber contribuido de alguna manera en la
                                                             solución al tema de la actuación policial.
        la antijuridicidad, dentro de la infracción penal, y
        dice así:




                                                           23
   20   21   22   23   24   25   26   27   28   29   30