Page 22 - INSIGNIA 2019
P. 22

INSIGNIA



          mina el espíritu de acción del policía, en contra de la  concepto y requisitos formulados por algunos Códigos
          delincuencia. Los Policías en la actualidad prefieren  Penales, debiendo dársele el aditamento de elementos
          retardar la toma de procedimientos y no acudir  constitutivos,  que  se  enmarcan  con  las  exigencias
          oportunamente al llamado de la ciudadanía, porque  propias, de las actuaciones policiales, dentro del
          si por algún error involuntario que se les presente,  marco legal adecuado, que garantice sus actuaciones
          podrían  ser enjuiciados  o  de  pronto  quizá  aparezca  y puedan ser consideradas, frente a conductas típicas,
          una Comisión de la  Verdad que los sitúe ante la  jurídicamente justificadas.
          justicia, sin tener quién los defienda o patrocine su
          defensa, sino, al amparo de su propio esfuerzo en
          desmedro de la economía de sus hogares.             II. PRINCIPIOS RECTORES EN LA
                                                              ACTUACIÓN POLICIAL
          Hemos  visto,  estupefactos  el  espectáculo macabro
          que hoy se vive, que los delincuentes de ayer, son   Como en cualquier profesión, nos encontramos
          los justicieros, de hoy, por eso, es que los policías   con principios rectores, que miden la actuación
          temen actuar, y prefieren hacerse de la vista gorda,   policial, constituyen un Código Deontológico de
          ante actos delictivos, para no comprometerse.       vital importancia, porque determina derechos y
          Ante tal situación, es necesario dotarle a la Policía,   obligaciones del policía.
          una causa propia, de exclusión de la antijuridicidad,   Estos principios, por una parte, contemplan al Policía
          acoplable a su misión, a más de las existentes en el   como persona, sujeto de derechos y obligaciones
          Art. 30 del Código Orgánico Integral Penal COIP, esto   y su compromiso con la comunidad; y, por otra,
          es, cuando la conducta típica se encuentra justificada   comprometen al Estado como tal, para que reconozca
          como: 1) Estado de Necesidad; 2) Legítima Defensa;   la delicada misión del policía y respalde su actuación.
          y 3) En cumplimiento de una orden legítima y expresa   En  países,  con  una  sólida  cultura  y  acentuada
          de autoridad competente o de un deber legal.        seguridad jurídica, han creado una normativa que
          Si  bien  es  cierto  estas  causas  de  justificación  de   regula y protege la actuación policial, a tal punto que,
          la antijuridicidad de una conducta típica, ayudan   incluso, a nivel regional, como el europeo, en la misma
          y  justifican,  en  unos  casos,  más  no  en  todos,  en  la   Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, han
          actuación policial, es necesario crear jurídicamente una   dictado instrumentos jurídicos sobre la conducta para
          justificación propia por excelencia, es decir que, desde   funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, así
          el momento en que el policía actúe legítimamente,   también las mismas Naciones Unidas, son mentoras
          en base a un protocolo de procedimiento, afirme el   de un Código de Conducta Policial, que regula y
          derecho frente al delincuente o cualquier agresor, que   garantiza la actuación policial.
          por  ser  tal,  quede  automáticamente  excluido  de  la   En contrapartida los miembros de la Policía Nacional,
          órbita jurídica.                                    para alcanzar la protección legal, que respalde
          En este sentido, la propuesta de crear una exclusión   sus actuaciones, deberán someterse y actuar con
          más de la antijuridicidad, en la actuación policía,   adecuación al ordenamiento jurídico, caso contrario,
          sometida a un protocolo perfectamente determinado   sino hay un ordenamiento jurídico que respalde sus
          y legalizado, viene a ser un fragmento adicional, de la   actuaciones, quedan, como tantas veces ha sucedido,
          más amplia eximente de responsabilidad penal, y un   en la indefensión.
          auténtico ejercicio de derechos, como el de proteger   Un aspecto controversial, en la actuación policial,
          el derecho a la vida del agredido, frente al derecho   ha sido el  uso de las armas de fuego, entregadas
          del agresor.                                        por el Estado en dotación, sobre todo porque no se

          Esta eximente, remarca la importancia en la actuación   determina con precisión un protocolo para su empleo,
          policial, ya que suelen ser los bienes jurídicamente   que logre definir en las situaciones en que exista un
          protegidos los que defiende el policía, como la vida,   riesgo racionalmente grave para su vida, su integridad
          y tiene tanta importancia práctica que ello apoya su   física o la de terceros, o en aquellas circunstancias
          riesgo, como causa de exclusión del injusto penal.  que puedan suponer un grave riesgo para la seguridad
                                                              ciudadana.
          Tiene una especial connotación, la exclusión de la
          antijuridicidad, en la actuación policial, sometida
          a un protocolo,  en su diario  hacer por el bienestar   III. SUSTENTO LEGAL DE LA EXISTENCIA
          y la paz común, que se ajusta en gran medida al     DE LA POLICÍA NACIONAL


                                                            20
   17   18   19   20   21   22   23   24   25   26   27